REFORMA EN SECTOR SALUD INCIDIRÁ EN CALIDAD DE ATENCIÓN A PACIENTES

El Decreto Legislativo N° 1153, que regula nuevas escalas de sueldo en el sector Salud, es un punto de partida para mejorar la calidad de los servicios de salud primaria que brinda el Estado y elevará las condiciones remunerativas de los profesionales de este sector, declaró el decano del Colegio Odontológico del Perú.

El decano de dicha orden profesional, Raúl Botetano, saludó la publicación de la norma al señalar que contribuye a que los servicios de salud del Estado alcancen niveles de equidad, eficacia, eficiencia, mediante una política integral de compensaciones y entregas económicas que promuevan el desarrollo personal de salud en el sector público.

Se denomina compensación al conjunto de ingresos que la entidad destina al personal de la salud para retribuir, de modo general, la prestación de sus servicios a la entidad según el puesto que ocupa. Está conformada por la compensación económica y no económica (entregas no dinerarias destinadas a estimular la competitividad).

En tanto, la entrega económica es el conjunto de ingresos dinerarios destinados a cubrir aspectos específicos; se asigna al puesto o a la persona en situaciones excepcionales relacionadas con el desempeño o situaciones especiales. Se paga conjuntamente con la compensación económica en cuanto corresponda.notasalud

La compensación económica del personal de salud será anual y tiene varios tipos, entre ellos: principal, ajustada y priorizada (para trabajos en zonas alejadas o de frontera, zonas de emergencia, atención primaria en salud, atención en servicios críticos).

Están incluidos en los alcances del Decreto Legislativo los profesionales de la salud, es decir: médico cirujano, cirujano dentista, químico farmacéutico, obstetra, enfermero, veterinario, biólogo, psicólogo, nutricionista, ingeniero sanitario, asistenta social y tecnólogo médico.

Igualmente, el personal de la salud, técnico y auxiliar asistencial, quienes desarrollan funciones en servicios de enfermería, obstetricia, laboratorio, farmacia, rayos X, medicina física y rehabilitación, nutrición, odontología; así como quienes hacen servicio Serums, y quienes desarrollan la segunda especialidad en medicina humana y odontología.

El decano del Colegio Odontológico resaltó que esta norma es congruente con la reciente aprobación del Residentado Odontológico, cuya implementación está en marcha y se está elaborando el documento base que permitirá convocar el primer concurso público de plazas para el 2014.

Botetano consideró necesario reducir la brecha remunerativa entre los médicos cirujanos y los otros profesionales que prestan servicio para el Estado, la cual es significativa.

En relación a la publicación del Decreto Legislativo N° 1154, que autoriza los servicios complementarios en salud, el decano opinó que si bien comprende inicialmente a médicos y enfermeras, debería más adelante alcanzar a otros profesionales de la salud como los odontólogos.

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